Entrevista de Valoración de Buena Práctica  

 

Acompañamiento, seguimiento y supervisión de los acuerdos en materia Contravencional.

 

Fecha: Julio, 2019

Realizado a: Juzgado Contravencional y Tránsito de Sarapiquí

Persona entrevistada:  Milagro Soto Castro, Coordinadora Judicial.

 

 

Nombre de la Buena Práctica: Acompañamiento, seguimiento y supervisión de los acuerdos en materia Contravencional.

 

Objetivo: Emplear medidas alternas por parte del despacho para el acompañamiento, seguimiento y supervisión en los acuerdos donde se han identificado factores agravantes y situaciones de violencia en escala que pueden culminar con la vida de las personas.

 

Consiste:

            Para nuestro despacho es de vital importancia tener al usuario como nuestro eje central y de conformidad con la Política Institucional de Justicia Abierta en la que se indica que debemos de garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todas las personas, implementamos como buena practica el "Acompañamiento, supervisión y ejecución de los acuerdos pactados por las partes en materia contravencional". Esta practica consiste en dos fases, en la primera parte el personal técnico judicial en conjunto con los jueces, hacen la detección de los casos que son recurrentes en el despacho, es decir; las personas que constantemente se apersonan a las oficinas judiciales a interponer denuncias contra las mismas partes y en cuyos procesos los intervinientes ya han irrespetado la figura de la conciliación o en su defecto pasados los treinta días de plazo otorgados para la comprobación del acuerdo, vuelven a incurrir en nuevos hechos pero derivados de la misma situación conflictiva o sea ocurre una escalada en el conflicto. Una vez detectados estos casos, pasamos a la segunda fase; esta consiste en dar un abordaje distinto a la hora de realizar la audiencia de conciliación y el juicio oral, la persona juzgadora da un abordaje distinto a la hora de efectuar la figura de la conciliación, incentivando a las partes a optar por esta medida para subsanar sus conflictos, sin embargo, se hace la salvedad de que los personeros del despacho harán seguimientos de estos acuerdos. Estos seguimientos y superviciones son realizados con el personal técnico judicial y por la persona juzgadora, determinando de antemano la regularidad de los seguimientos y la forma en realizar el mismo; ya que los seguimientos se realizan vía telefónica y en otros casos se hace la visita a la zona en conflicto, para conocer desde la perspectiva del usuario su diario vivir y constatar con ambas partes el compromiso alcanzado por los mimos en la conciliación. En los documentos adjuntos y la buena practica inscrita se detalla a profundidad sobre este tema.

 

Logro o beneficios obtenidos con esta buena práctica:

 

            Como principal resultado es la satisfacción de las personas usuarias con la labor realizada por el personal judicial a la hora de abordar sus problemáticas sociales y este es nuestro mejor resultado, el que los residentes de nuestro cantón vuelvan  a creer y recuperen la confianza en el Poder Judicial y que vean a este Poder como el proveedor de un estado de derecho.

            Como segundo impacto y/o resultado esta la disminución de los procesos de contravención de manera recurrente por los mismos actores, lo que refleja que la practica se esta ejecutando de una manera eficiente y eficaz y se están logrando los objetivos trazados por el despacho.

            Finalmente el resultado obtenido es la pacificación de los conflictos y la generación de una cultura de paz, el cual creemos es la razón de ser del Poder Judicial. Además con ello hemos ido cambiando no solo el perfil del juez o jueza que hoy demanda la sociedad si no el perfil del equipo de trabajo con el cual cuenta la persona juzgadora y eso es un cambio institucional e incluso un cambio de paradigma, ya que pasamos de un modelo de justicia distante con la persona usuaria a un modelo de proximidad como indican los estándares internacionales sobre el acceso a la justicia.

 

 

 

Se podría replicar:

 

            Todos los Juzgados que tramiten procesos en materia de Contravención se puede replicar la buen practica, no genera un interés económico extra para el Poder Judicial. El valor del compromiso el cual a la postre es un valor institucional es la principal herramienta que se necesitaría para implementar esta medida, ya que la identificación de los procesos se hace desde el primer abordaje que hace el personal técnico judicial se pueden clasificar los procesos que pueden clasificar para realizar los seguimientos. De igual manera las personas juzgadoras tiene que tener la disposición para realizar los seguimientos, cuando se requiera traslado a las zonas en conflicto se hace la coordinación con el área administrativa correspondiente. En los documentos adjuntos y la buena practica inscrita se detalla a profundidad sobre este tema.

 

Contactos:

Despacho u oficina: Juzgado Contravencional de Sarapiquí

 

Dirección: Puerto Viejo, Sarapiquí, 25 mts norte de la Cruz Roja, Circuito Judicial de

Heredia-Sarapiquí

 

Número telefónico: 2766-5001

 

Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Responsables: Lic. Nain Isaac Monge Segura, Lic. Andrés Valladares Castillo, Pablo Quesada Salazar y Milagro Soto Castro

 

Elaborado por: Leda Arias Jiménez

 

Descargar Presentación:

Descargar Formulario:

 

buenaspracticas@poder-judicial.go.cr
Barrio González Lahman,San José,Costa Rica
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