Poder Judicial

 

Concurso “Buenas Prácticas en las Oficinas del Poder Judicial”, 2014

 

Formulario de Inscripción

 

Las oficinas y despachos judiciales interesadas en participar en el concurso Banco de Buenas Prácticas en las Oficinas del Poder Judicial 2017, pueden presentar las buenas prácticas que consideren oportunas.

 

Para cada una de las propuestas, se deberá tomar en cuenta lo siguiente:

 

 Las buenas prácticas propuestas no deben formar parte de las labores propias del cargo, ni que sean directrices o programas institucionales de aplicación obligatoria para el despacho u oficina que las propone.

 

 La aplicación de estas prácticas no debe implicar un aumento significativo en algún renglón del presupuesto institucional.

 

 

  1. Nombre de la buena práctica

  

Audiencias Tempranas de Incidentes de Queja, en el Centro Penal.

 

 

  1. Nombre de la oficina, lugar número de teléfono.

 

Defensa Pública de Pérez Zeledón, Ejecución de la Pena, 2785-03-95// 2785-03-87

 

  

 

  1. Nombre de los/as servidores/as responsables que ejecutan o diseñaron la buena práctica propuesta.

 

 

 

Cristín Dayana Scott Núñez, Defensora Pública de Ejecución de la Pena Pérez Zeledón, se le realizó la propuesta al Juzgado de Ejecución de la Pena de Pérez Zeledón y al Fiscal de Ejecución de la Pena y todos estuvieron anuentes.

 

 

 

  1. Proceso que se quiere mejorar y problema que se pretende solucionar.

 

 

Lo que se quiere mejorar es el cumplimiento de lo ordenado por el despacho judicial así mismo el ahorro de recursos a nivel de institución ya que la audiencia temprana evita el trámite administrativo normal , ayudando a tener mayor celeridad en el proceso y brindar un servicio de calidad al sentenciado, donde se le permita a él se escuchado.

 

 

 

  1. Explicación detallada de la buena práctica propuesta.

 

 

La buena práctica consiste en que todos los incidentes de queja que se reciben en el Centro Penal de Pérez Zeledón, se conozcan por medio de una audiencia oral, inicialmente la defensa pública toma las quejas en cada pabellón, lo presenta por escrito donde se hace una explicación breve del problema y se solicita audiencia oral en el Centro Pena de Pérez Zeledón, para que podamos escuchar la posición del privado de libertad, revisar su expediente administrativo, escuchar la posición de la Dirección del Centro Penal en cuanto a la queja, así mismo el Fiscal da su posición y por último el Juez resuelve en el acto de forma oral, quedando el Director notificado de forma personal.

 Lo que nos evitamos con esto es que la presentación de la queja por parte de la defensa conlleva que se haga el auto de traslado a todas la partes, defensa, fiscalía, dirección del Centro Penal, que en el auto de traslado se le solicite al Centro Penal un informe sobre lo planteado, se le otorga un plazo para que se presente el informe, plazo que nunca se cumple por parte del Dirección del CAI PZ, en razón a la carga laboral que ellos también tienen, lo que hace que el Juzgado tenga que solicitar nuevamente el envió del informe ya que se venció el plazo, una vez que llegue el informe se tiene que poner en conocimiento de la partes por el plazo de 3 días, las partes tienen que leer dicho informe y contestar, en ocasiones se solicita una ampliación del informe que remite el Centro Penal ya que no es claro, luego de esto ya la jueza procede a resolver por escrito, lo cual si alguna de la partes no esta de acuerdo se procede a presentar el recurso de apelación, lo que implica ir al Tribunal de Juicio que lo sentenció a realizar la vista oral, teniendo más gastos de recursos el estado. Todo este trámite se evita, haciendo las audiencias en el Centro Penal ya que las mismas se hacen más conciliadoras, donde todas las partes tratamos de buscarle una solución al problema de forma inmediata, y así mismo el privado de libertad queda satisfecho ya que se le permitió ser escuchado por todos.

 

 

  1. Impacto observado en la solución del problema.

  

La reducción de los plazos para llegar a una solución y el ahorro de recursos que conlleva el trámite y lo más importante que es buscarle la solución al problema de manera inmediata.

 

  

 

  1. Iniciativas y acciones importantes que deberían tomarse para reproducirla.

 

Sería importante considerar en los demás Juzgados de Ejecución de la Pena, la implementación de este sistema de audiencias esto con el fin de mayor celeridad en los procesos de personas privados de libertad y así evitar la tramitología de incidentes de quejas que se pueden resolver de una manera más beneficiosa para la población penitenciaria.

 

 

  1. Por qué recomendaría a otras oficinas o juzgados que tomen en cuenta esta buena práctica judicial y la repliquen.

 

Por una mayor celeridad en los procesos, y cumplir de manera efectiva con el principio de justicia pronta y cumplida, dando mayores beneficios para las personas privadas de libertad.

 

 

  1. Mecanismo o instrumento de medición del éxito de la práctica propuesta.

 

 

Cumplimiento en el plazo establecido por parte del Centro de Atención Institucional de Pérez Zeledón con las resoluciones declaradas a favor de la persona privada de libertad.

 

 

  1. Ámbito al que pertenece esta oficina: Jurisdiccional (Derecho privado, Derecho público y Derecho social), Administrativo o Auxiliar de Justicia).

 

Auxiliar de justicia

 

 

  1. Fecha desde la cual se ejecuta la buena práctica, sin perjuicio que sea nueva.

 

 

 Primeras audiencias realizadas de formal oral el 25 de abril del 2017, donde se realizaron quince audiencias orales.

 

 

  1. Anuencia y disposición de que la buena práctica pueda ser compartida con otras instancias nacionales e internacionales.

 

  

Este despacho esta anuente a la implementación de esta buena práctica para mayor beneficio de la persona privada de libertad.

 

Los plazos considerados para este concurso, serán impostergables y su no cumplimiento descalifica a la oficina participante.


Las prácticas propuestas pueden ser Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. inscritas por medio del correo electrónico Banco de Buenas Prácticas o pueden dirigirse al fax: 2295-4383.

 

La fecha límite de inscripción del 3° de abril al 30 de junio de 2017

 

 

“El Reconocimiento “A la Excelencia Judicial o Buenas Prácticas de Gestión Judicial” se otorgará a aquel grupo de trabajadores de una determinada oficina o Despacho, o Circuito Judicial, que se haya destacado por su honradez, mística, transparencia, excelencia y dedicación al trabajo y que con su actitud grupal hubiese enaltecido al Poder Judicial".1

 

  • “Reglamento de reconocimientos otorgados por el Poder Judicial”, Artículo 32, publicado en el Boletín Judicial Nº 179 del 5 de setiembre del 2006

 

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Barrio González Lahman,San José,Costa Rica
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