Formulario de Inscripción

 

Las oficinas y despachos judiciales interesadas en participar en el concurso Banco de Buenas Prácticas en las Oficinas del Poder Judicial 2015, pueden presentar las buenas prácticas que consideren oportunas.

 

Para cada una de las propuestas, se deberá tomar en cuenta lo siguiente:

 

Las buenas prácticas propuestas no deben formar parte de las labores propias del cargo, ni que sean directrices o programas institucionales de aplicación obligatoria para el despacho u oficina que las propone.

 

La aplicación de estas prácticas no debe implicar un aumento significativo en algún renglón del presupuesto institucional.

 

 1. Nombre de la buena práctica.

Banco de Datos de Meritorios.

 

 2. Nombre, número de teléfono, lugar de la oficina y ubicación geográfica.

Maringen González Alfaro, Juzgado de Ejecución de la Pena del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, ubicado en la ciudad de Guápiles, Pococí, Limón, teléfono 2713-6018, extención 7518.

 

 3. Nombre de los/as servidores/as responsables que ejecutan o diseñaron la buena práctica propuesta.

Maringen González Alfaro, cédula 7-101-554, técnica judicial, es la responsable del diseño de la buena práctica. Ello en concordancia y aprobación del Consejo de Administración del Segundo Circuito Judicial (Gápiles – Pococi), conforme a lo que se estipule con relación al procedimiento correcto para su aplicación. No obstante, son todos los despachos judiciales del circuito quienes se ven beneficiados en el uso de la buena práctica, con el apoyo del Consejo de Administración quien avaló la propuesta para hacer uso de ella dentro del circuito.

 

 4. Proceso que se quiere mejorar y problema que se pretende solucionar.

Al existir una gran demanda de meritorios en el circuito, se requiere que haya un mejor control de los mismos, es por ello que se pretende que los coordinadores y jefes de despacho cuenten con la información de un Bando de Datos de todos los meritorios que laboran en el circuito, para que cada vez que requieran hacer un nombramiento de urgencia por no contar con personal suficiente a cargo, puedan tener a la mano esta información y recurrir a los que conforman el Banco de Datos de Meritorios. Con esto los meritorios se garantizan que después de un gran esfuerzo, teniendo que costearse transporte y alimentación sin que se les reconozca valor monetario alguno, van a ser tomados en cuenta para un eventual nombramiento. Se considera que los despachos contarán con la información suficiente para un posible nombramiento, ya que cuentan con datos tales como:  despachos para los cuales han laborado, tiempo laborado dentro del Poder Judicial, experiencia en  las diferentes materias, estudios realizados, etc.

 

 5. Explicación detallada de la buena práctica propuesta.

Consiste en crear un Banco de Datos de todos y cada uno de los meritorios que desempeñan sus labores en el Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, el cual contiene el nombre completo, número de identificación, despacho en el cual labora, horario de trabajo, otros despachos en los cuales ha laborado, estudios realizados o que se encuentren en proceso. Cada coordinador judicial y jefe de despacho puede tener acceso a la información a fin de elegir un presunto candidato para ser nombrado en su despacho. A los meritorios que conforman este banco de datos, se les realiza además una investigación de antecedentes, a fin de valorar su confiabilidad dentro de la institución y poder tener así certeza de que los asuntos confidenciales que se manejan dentro de cada uno de los despachos judiciales se mantendrán con la debida discrecionalidad.

 

 6. Impacto observado en la solución del problema.

Al tratarse de una práctica relativamente nueva, no se logra determinar si el impacto a sido significativo, sin embargo, ya han sido varios los despachos que han solicitado información del Banco de Datos de Maritorios.

 

 7. Iniciativas y acciones importantes que deberían tomarse para reproducirla.

En realidad no se deben de tomar acciones específicas por parte de los despachos interesados en hacer uso del Banco de Datos de Meritorios, lo único que deben hacer es solicitar la información de los meritorios disponibles a la encargada y consultar sobre el desempeño de los mismos en los despachos donde han laborado. Es una iniciativa tan práctica que la persona responsable es la encargada de estar actualizando los datos para que esté disponible en el momento que algún despacho lo requiera.

 

 8. Por qué recomendaría a otras oficinas o juzgados que tomen en cuenta esta buena práctica judicial y la repliquen.

Porque es una manera de mantener un buen control sobre la cantidad de meritorios disponibles y porque así nos aseguramos de que quienes estén ofreciendo sus servicios son personas de confianza y sobre todo que realmente están desempeñando una buena labor en beneficio de los usuarios, enalteciendo al Poder Judicial.

 

 9. Mecanismo o instrumento de medición del éxito de la práctica propuesta.

Se han girado instrucciones por parte del Consejo de Administración a fin de que cada tres meses se brinde un informe por parte de los jefes o coordinadores de despacho a fin de verificar el desempeño realizado por parte de cada uno de los meritorios que laboran en los despachos.

 

10. Ámbito al que pertenece esta oficina: Jurisdiccional (Derecho privado, Derecho público y Derecho social), Administrativo o Auxiliar de Justicia.

La oficina pertenece al ámbito jurisdiccional, pero ésta iniciativa puede ser empleada tanto en el área Jurisdiccional como Administrativo.

 

11. Fecha desde la cual se ejecuta la buena práctica, sin perjuicio que sea nueva.

Si bien se comenzó a crear desde setiembre del 2014, lo cierto es que a partir de mayo del dos mil quince se han tomado nuevas disposiciones por parte del Consejo de Administración a fin de que se trabaje de forma más ordenada.

 

 

Los plazos considerados para este concurso, serán impostergables y su no cumplimiento descalifica a la oficina participante.

 

Las prácticas propuestas pueden ser inscritas por medio del correo electrónico Banco de Buenas Prácticas (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.)  o pueden dirigirse al fax: 2295-4383.

 

Fecha límite de inscripción: del 1° de abril al 30 de junio de 2015

El Reconocimiento “A la Excelencia Judicial o Buenas Prácticas de Gestión Judicial” se otorgará a aquel grupo de trabajadores de una determinada oficina o Despacho, o Circuito Judicial, que se haya destacado por su honradez, mística, transparencia, excelencia y dedicación al trabajo y que con su actitud grupal hubiese enaltecido al Poder Judicial".1

 

 

1              “Reglamento de reconocimientos otorgados por el Poder Judicial”, Artículo 32, publicado en el Boletín Judicial Nº 179 del 5 de setiembre del 2006.

 

Descargar documento

buenaspracticas@poder-judicial.go.cr
Barrio González Lahman,San José,Costa Rica
Copyright © 2018 Poder Judicial. Todos los derechos reservados.