Formulario de Inscripción

 

Las oficinas interesadas en participar en el concurso Buenas Prácticas-2009 pueden presentar las buenas prácticas que consideren oportunas.

 

Para cada una de las propuestas, se deberá indicar lo siguiente:

 

 

  1. Nombre y lugar de la oficina. JUZGADO DE EJECUCIÓN DE LA PENA DE CARTAGO.

 

  1. Nombre de la buena práctica y por qué considera que es aplicable. Coordinación para señalamientos de audiencias por medio de video conferencia desde los Tribunales de Corredores y Pérez Zeledón.- Se considera que es una práctica que pretende mejorar el servicio público siendo que se utiliza para los casos de liberados condicionales adscritos a las Oficinas de Medidas Alternativas de Ciudad Neily y Pérez Zeledón así como a los privados de libertad ubicados en el nivel semi Institucional.-De esta manera se logra que estas personas no tengas que incurrir en mayores gastos para trasladarse hasta Cartago a la audiencia oral, así mismo se usa cuando hay espacio para los privados de libertad de Pérez Zeledón en incidentes de Enfermedad o Libertad Condicional, de igual manera se trata de economizar recursos al estado, ahorrando combustible, así como tiempo para los oficiales de cárceles que hacen los traslados, y representa además seguridad teniendo en consideración que la ruta desde Pérez Zeledón a Cartago es un tanto difícil máxime en temporada de lluvias.-

 

  1. Nombre de los servidores que ejecutan la buena práctica. Esta práctica es coordinada por los auxiliares del Despacho Xiomara Morales Solano, Haylin Gómez Valdi y Melvin Zúñiga Alvarado.-

 

  1. ¿Por qué es una buena práctica? Haga una descripción detallada de la misma. Consideramos que es una buena práctica porque la misma aplica una herramienta tecnológica con el fin de mejorar el servicio público ahorrando al usuario recursos económicos y tiempo así como se pretende ahorrar recursos al Estado, al coordinar las audiencias por medio de video conferencia desde estas zonas tan distantes al Despacho.-

 

  1. Factores externos que pueden afectar la buena práctica. Un factor externo al Despacho es el inconveniente de que solamente se nos ha asignado los viernes por la tarde para el uso de la sala en la que se encuentra el equipo de video conferencia, lo anterior por cuanto no existe otras salas en el edificio que cuenten con el equipo y que no estén siendo usadas por otros Despachos que realizan audiencias, por lo que únicamente podemos programar dos por semana, es por esta razón que usamos este espacio para señalar audiencias de privados de libertad ubicados en nivel semi institucional o liberados condicionales adscritos a las Oficinas de Medidas Alternativas de Ciudad Neily y Pérez Zeledón, de tener una sala para el Despacho se podrían programar por video conferencia todas las audiencias de los privados de libertad ubicados en el Centro Penal de Pérez Zeledón.-

 

  1. Factores de éxito que inciden en la buena práctica. Un factor de éxito consideramos que es la satisfacción del usuario.-

 

  1. Impacto observado en la solución del problema.

 

  1. Iniciativas y acciones importantes que deberían tomarse para reproducirla. Consideramos que de contar los Centros Penales del País con una sala para realizar estas diligencias permitiría ahorrar más recursos al Estado y sería representaría mayor seguridad en los traslados de privados de libertad.-

 

  1. Por qué recomendaría a otras oficinas o juzgados que tomen en cuenta esta buena práctica judicial y la repliquen. Porque es una herramienta tecnológica que debe explotarse en beneficio del usuario y la economía de recursos para el Estado.-

 

  1. Mecanismo o instrumento de medición del éxito de la práctica propuesta. ?


  1. Ámbito al que pertenece: Jurisdiccional (Derecho privado, Derecho público y Derecho social), Administrativo o Auxiliar de Justicia). Jurisdiccional (derecho público)

 

  1. Fecha desde la cual se ejecuta la buena práctica, sin perjuicio que sea nueva, siempre y cuando se esté aplicando. Esta práctica se ejecuta desde hace aproximadamente un año.-

 

La aplicación de estas prácticas no debe implicar un aumento en algún renglón del presupuesto institucional.

Los plazos considerados para este concurso, serán impostergables y su no cumplimiento descalifica a la oficina participante.

 

Las prácticas propuestas pueden ser inscritas por medio del correo electrónico

 

Banco  de  Buenas  Prácticas”  (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.)   o pueden dirigirse al fax: 2295-43-83.

 

 

La fecha límite de inscripción es el 30 de junio de 2009

 

 

 

“El Reconocimiento “A la Excelencia Judicial o Buenas Prácticas de Gestión Judicial” se otorgará a aquel grupo de trabajadores de una determinada oficina o Despacho, o Circuito Judicial, que se haya destacado por su honradez, mística, transparencia, excelencia y dedicación al trabajo y que con su actitud grupal hubiese enaltecido al Poder Judicial".1

 

 

 

 

  • “Reglamento de reconocimientos otorgados por el Poder Judicial”, Artículo 32, publicado en el Boletín Judicial Nº 179 del 5 de setiembre del 2006

 

 

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Barrio González Lahman,San José,Costa Rica
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