Formulario de Inscripción

 

Las oficinas y despachos judiciales interesadas en participar en el concurso Banco de Buenas Prácticas en las Oficinas del Poder Judicial 2013, pueden presentar las buenas prácticas que consideren oportunas.

 

Para cada una de las propuestas, se deberá indicar lo siguiente:

 

  1. Nombre de la buena práctica: Un acercamiento al Proceso de Suspensión Proceso Prueba

 

  1. Nombre y lugar de la oficina y ubicación geográfica: Juzgado Penal de Bribrí, sita en Talamanca, Bribrí, 200 metros carreteral hacia al Colegio Técnico Profesional del lugar.

 

  1. Nombre de los/as servidores/as que ejecutan o diseñaron la buena práctica propuesta: Licenciada Yolanda Alvarado Vargas, Rodrigo Daniel Mora Ramírez, Alicia González Onil, Esteban Murillo Martínes y Elka Poltronieri Venegas.

 

  1. Proceso que se quiere mejorar y problema que se pretende solucionar: Proceso que se quiere mejor es el de la matricula de los (as) beneficiados (as) con el Instituto de Suspensión Proceso a Prueba, y con esta práctica se desea solucionar la problematica de la no asistencia o incripción de los (as) imputados (as) en las oficinas de Medidas Alternas.

 

  1. Explicación detallada de la buena práctica propuesta: Nuestra propuesta (que hemos venido aplicando desde hace ya seis meses), consiste básicamente en hacer llegar un (a) funcionario (a) de la Oficina de Atención Comundad Limón de Medidas Alternas al Despacho, con antelación, se le cita a los (as) beneficiados (as) el día de la Audiencia (acuerdo) para que estos (as) se presenten al Despacho, logrando de esta manera una asistencia a la matrícula para el seguimiento del proceso en un 100%.

           

  1. Impacto observado en la solución del problema: Se ha desminuído en al menos un 60% los incumplimientos en los acuerdos de Suspensión Proceso a Prueba, los beneficiados se sientes mas orientados y comprometidos con las condiciones pactadas.

 

  1. Iniciativas y acciones importantes que deberían tomarse para reproducirla. Establecer revisiones periodicas (mensuales), designar un funcionario que sea el "enlace" entre el Despacho y la oficina de Medidas Alternas.

 

  1. Por qué recomendaría a otras oficinas o juzgados que tomen en cuenta esta buena práctica judicial y la repliquen. En muchos despachos una vez acordado la Suspensión Proceso a Prueba se abandona el seguimiento o cumplimiento del Beneficiado, esta coordinación continua con la Oficina de Medidas Alternas permite ayudar y orientar a los encartados a lo largo del proceso. Además el incremento de este tipo de soluciones alternas, permite disminuir las causas que se elevan a Juicio.

 

  1. Mecanismo o instrumento de medición del éxito de la práctica propuesta. Descenso en la cantidad de Suspensiones revocadas en contraste con el aumento de las resoluciones provisionales.

 

  1. Ámbito al que pertenece esta oficina: Jurisdiccional (Derecho privado, Derecho público y Derecho social), Administrativo o Auxiliar de Justicia). Jurisdiccional

 

  1. Fecha desde la cual se ejecuta la buena práctica, sin perjuicio que sea nueva. Desde octubre del 2012

 

La aplicación de estas prácticas no debe implicar un aumento en algún renglón del presupuesto institucional.  Los plazos considerados para este concurso, serán impostergables y su no cumplimiento descalifica a la oficina participante.

 

Las prácticas propuestas pueden ser inscritas por medio del correo electrónico Banco de Buenas Prácticas”(Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.)  o pueden dirigirse al fax: 2295-4383.

 

 

La fecha límite de inscripción del 1° de abril al 28 de junio de 2013

“El Reconocimiento “A la Excelencia Judicial o Buenas Prácticas de Gestión Judicial” se otorgará a aquel grupo de trabajadores de una determinada oficina o Despacho, o Circuito Judicial, que se haya destacado por su honradez, mística, transparencia, excelencia y dedicación al trabajo y que con su actitud grupal hubiese enaltecido al Poder Judicial".1

 

 

 

1 “Reglamento de reconocimientos otorgados por el Poder Judicial”, Artículo 32, publicado en el Boletín Judicial Nº 179 del 5 de setiembre del 2006

 

 

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Barrio González Lahman,San José,Costa Rica
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