Formulario de Inscripción
Las oficinas y despachos judiciales interesadas en participar en el concurso Banco de Buenas Prácticas en las Oficinas del Poder Judicial 2017, pueden presentar las buenas prácticas que consideren oportunas.
Para cada una de las propuestas, se deberá tomar en cuenta lo siguiente:
Las buenas prácticas propuestas no deben formar parte de las labores propias del cargo, ni que sean directrices o programas institucionales de aplicación obligatoria para el despacho u oficina que las propone.
La aplicación de estas prácticas no debe implicar un aumento significativo en algún renglón del presupuesto institucional.
1 Nombre de la buena práctica: “Las giras de supervisión del personal profesional de la Defensa Pública en materia penal como práctica institucional para contribuir a alcanzar la excelencia en la prestación del servicio.”
- 2 Nombre de la oficina, lugar, número de teléfono. Dirección de la Defensa Pública, Primer Circuito Judicial de San José, teléfono: 22-11-98-40.
- 3 Nombre de los/as servidores/as responsables que ejecutan o diseñaron la buena práctica propuesta. Marco Tulio Hernández Mora y Jorge Arturo Carmona Madrigal con la colaboración de la Unidad de Supervisión (Juan Carlos Salas Castro y Yanela Álvarez Rojas).
- 4 Proceso que se quiere mejorar y problema que se pretende solucionar.
El problema que se pretende solucionar consiste en satisfacer la exigencia que se plantea de mejorar constantemente la calidad del servicio público y lograr la excelencia a nivel profesional en estricto apego a los valores que son inherentes al ejercicio del derecho de defensa como un derecho humano fundamental (tales como la calidad, la excelencia, eficiencia, el compromiso y sentido de la responsabilidad, la transparencia, el humanismo y la sensibilidad social).
- 5 Explicación detallada de la buena práctica propuesta.
Las giras de supervisión del personal profesional de la Defensa Pública que se realizan en materia penal (y, también en otras materias) en todas las oficinas del país, constituyen o representan desde el punto de vista institucional un importante instrumento de evaluación y validación del desempeño de los defensores y defensoras en el ejercicio de su función, que ha sido concebido con el fin de propiciar la transparencia y la rendición de cuentas como valores esenciales que deben regir el actuar de cualquier servidor o servidora pública (Plan Estratégico de la Defensa Pública 2013 - 2017 y Plan Anual Operativo de la Defensa Pública 2017). En este sentido, se plantea la necesidad de que los defensores y defensoras que ejerzan la defensa técnica o la representación técnica y jurídica de cualquier persona usuaria, lo hagan con base en un criterio de excelencia, y, que se planteen (como corolario de ello), las más altas exigencias con el fin de satisfacer de la mejor manera posible, el cometido institucional de brindar un servicio público de calidad y procurar (¡ con compromiso, eficiencia y sensibilidad ! ) el acceso a la justicia de los sectores más vulnerables de nuestra sociedad (como uno de los pilares fundamentales del Estado democrático de Derecho). Así, la buena práctica de gestión judicial propuesta, consiste en un proceso mediante el cual se pretende lograr el mejoramiento constante de la calidad del servicio, con el objetivo de propiciar y estimular un mayor crecimiento a nivel profesional, de los defensores y defensoras, a partir del cumplimiento de una serie de estándares o criterios de carácter objetivo que han sido establecidos a nivel institucional por la Dirección de la Defensa Pública, para optimizar y lograr de la manera más eficiente posible, el máximo aprovechamiento de los recursos (económicos, humanos y materiales) de que se dispone. Este proceso a su vez, se subdivide en las siguientes etapas:
(1) Planeación de las giras: En esta etapa se realiza una “Distribución de las Giras de Supervisión” a nivel nacional, y la asignación de las mismas, a diferentes equipos de trabajo (conformados por dos defensores o defensoras de la Unidad de Supervisión o en su caso por dos defensores o defensoras de amplia experiencia profesional). Para el año 2017, dicha distribución de las giras, se realizó de la siguiente manera:
Distribución Giras de Supervisión 2017
Defensa Pública
Equipo 1 |
Lugar |
Dora Trabado
José Arnoldo González |
Defensa Pública de Pavas |
Defensa Pública de Hatillo |
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Defensa Pública de Desamparados |
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Defensa Pública de Guadalupe |
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Defensa Pública de Puriscal |
Equipo 2 |
Lugar |
Ligia Jiménez
Mario Serrano
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Defensa Pública de San José-Penal Juvenil |
Defensa Pública de Puntarenas |
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Defensa Pública de Jacó |
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Defensa Pública de Cóbano |
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Defensa Pública de San Ramón |
Equipo 3 |
Lugar |
Yanela Álvarez
Juan Carlos Salas |
Defensa Pública de Guatuso |
Defensa Pública de Upala |
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Defensa Pública de Los Chiles |
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Defensa Pública de San Carlos |
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Defensa Pública de La Fortuna |
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Defensa Pública de Quepos |
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Defensa Pública de Liberia |
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Defensa Pública de Santa Cruz |
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Defensa Pública de Cañas |
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Defensa Pública de Nicoya |
Equipo 4 |
Lugar |
Jorge Carmona
Marco Tulio Hernández
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Defensa Pública de Alajuela |
Defensa Pública de Grecia |
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Defensa Pública de Heredia |
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Defensa Pública de San Joaquín |
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Defensa Pública de Sarapiquí |
Equipo 5 |
Lugar |
Rodolfo Solórzano
Juan Carlos Morales |
Defensa Pública de Cartago |
Defensa Pública de Turrialba |
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Defensa Pública de Tres Ríos |
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Defensa Pública de Tarrazú |
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Defensa Pública de Pérez Zeledón |
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Defensa Pública de Buenos Aires |
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Defensa Pública de Coto Brus |
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Defensa Pública de Puerto Jiménez |
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Defensa Pública de Golfito |
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Defensa Pública de Corredores |
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Defensa Pública de Osa |
Equipo 6 |
Lugar |
Yamura Valenciano
Miguel Zamora |
Defensa Pública de Atenas |
Defensa Pública de Limón |
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Defensa Pública de Bribrí |
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Defensa Pública de Pococí |
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Defensa Pública de Siquirres |
(2) Ejecución de las giras: Decidido lo relativo a la planificación de las giras, se procede a visitar cada una de las oficinas de la Defensa Pública del país, por parte los diferentes equipos de trabajo según la distribución establecida con anterioridad, y una vez allí, se procede a evaluar el desempeño de los defensores y defensoras objeto de la supervisión, lo cual se hace, con independencia del tiempo de servicio que tenga el funcionario o la funcionaria como una forma de lograr el mejoramiento constante a que se hizo referencia. Desde esta óptica de análisis es menester indicar que esta supervisión, tiene una doble vertiente de ejecución, por una parte se hace de manera individual (que es la que corresponde a cada funcionario o funcionaria que va a ser objeto de la misma); siendo que, por otra parte, dicha supervisión se hace de manera general (esto es, evaluando el funcionamiento de la oficina como un todo e incluyendo dentro éste, el manejo de las cuestiones propiamente administrativas y gerenciales). En lo que se refiere a la evaluación individual propiamente dicha, se debe indicar que como resultado de la gira, a cada funcionario que ha sido supervisado, se le hace entrega de un “Informe personal de la gira de Supervisión en materia penal” (que a su vez, constituye un insumo muy importante como un “criterio indicador del desempeño) y el cual consta de dos partes, y, donde en primer lugar se valora, lo que tiene ver con la gestión administrativa o el manejo adecuado y eficiente de su escritorio; y, en segundo lugar, lo que tiene relación directa, con el desempeño profesional, en juicios y audiencias orales en general (audiencias preliminares, audiencias de imposición de medidas cautelares, de apelación, de conciliación o de la suspensión del procedimiento a prueba, entre otros) Así, individualmente, se valoran sus fortalezas a partir de su información técnica (el estudio de la causa penal, la teoría del caso o el planteamiento de la estrategia de la defensa, el manejo del derecho sustantivo o procesal de su materia, técnicas de negociación, capacidad de argumentación técnica y jurídica, manejo del interrogatorio durante el juicio, etcétera). De la misma manera, se evalúan las debilidades como aspectos a mejorar por la persona supervisada, y se establecen, en caso de ser necesario, “recomendaciones de mejora.” (3) Retroalimentación: Una vez que se ha procedido a valorar el desempeño profesional del funcionario o la funcionaria en cuestión, se comparten las experiencias profesionales que se han generado como resultado de dicha intervención y según la situación de hecho objeto de valoración u otras similares y se hacen recomendaciones (cuando esto resulta estrictamente necesario) con el fin de realizar las correcciones que se requieran para satisfacer la exigencia de brindar un servicio público de calidad y excelencia. Igualmente, y a nivel del funcionamiento de la oficina en general, se valoran positivamente sus aciertos, así como las iniciativas que tiendan al mejoramiento del servicio con el fin de lograr el mayor nivel de satisfacción del usuario de la Defensa Pública, siendo que, correlativamente, se hacen las recomendaciones que sean necesarias para el efectivo cumplimiento de este objetivo. Esto último tiene lugar en una reunión final que se lleva a cabo con todo el personal de la oficina visitada y en la cual, también se procura lograr esta retroalimentación con la Dirección de la Defensa Pública con el fin de establecer un canal de comunicación directo para la solución de problemas. (4) Sistematización de la información: Finalmente, y una vez obtenidos los resultados de la evaluaciones realizadas en cada una de las giras de supervisión ejecutadas (tanto a nivel individual como general), los mismos son objeto de análisis y se documentan materialmente en una matriz (documento de Excel que contiene una síntesis de dichos resultados) y se elabora a partir de ella, un “Informe Anual de las giras de Supervisión”, el cual constituye un insumo muy importante para la Dirección de la Defensa Pública y la Unidad de Nombramientos con miras a lograr una mejor evaluación del desempeño de los funcionarios o funcionarias que forman parte de esta institución, y determinar por su medio las decisiones que sean necesarias para propiciar un mejoramiento constante en la prestación del servicio y satisfacer de la manera más eficiente posible el interés de los usuarios, y todo lo cual, desde luego, permite (desde un punto de vista operativo y práctico) garantizar el ejercicio pleno del derecho a ser sometido a un debido proceso que tienen los usuarios y usuarias de la Defensa Pública.
- 6 Impacto observado en la solución del problema.
La Defensa Pública en Costa Rica, se ha caracterizado por promover a nivel institucional, del Poder Judicial y de la sociedad en general, una serie de valores que son inherentes al ejercicio del derecho de defensa como un derecho humano fundamental y de la garantía que tiene toda persona que está siendo acusada de la comisión de un ilícito de carácter penal de ser sometida a un debido proceso o a un “juicio justo”, y todo lo cual, constituye, como es bien sabido, el eje central de un Estado democrático de Derecho. Estos valores tienen que ver precisamente con la eficiencia, el compromiso y el sentido de la responsabilidad, la transparencia, el humanismo y la sensibilidad social, y, esencialmente, adquieren su máxima expresión en la exigencia de brindar un servicio público de calidad y excelencia profesional, por medio del cual, sea posible lograr el efectivo acceso a la justicia de los usuarios y usuarias de la Defensa Pública, como institución que en nuestro ordenamiento jurídico desde siempre se ha erigido en garante de los Derechos Humanos Fundamentales. Desde este punto de vista, las giras de supervisión del personal profesional de la Defensa Pública representan una “buena práctica de gestión judicial” en la medida en que por su medio, ha sido posible establecer que, en general, los defensores públicos y defensoras públicas ejercen su función con compromiso y sentido de la responsabilidad, procurando dar lo mejor de sí, con el fin de satisfacer de la mejor manera el interés del usuario, y con la clara conciencia de que siempre existe margen para mejorar y dar el máximo esfuerzo con el fin de brindar un servicio público de calidad y excelencia. Este impacto positivo observado a partir de las giras de supervisión realizadas se puede sintetizar en cinco aspectos esenciales, a saber: (1) Mejoramiento en la calidad del servicio; (2) Se propician y desarrollan prácticas en el ejercicio profesional que contribuyen a potenciar los valores que son consustanciales al servicio de la defensa pública, según estándares o criterios técnicos prestablecidos; (3) Las giras de Supervisión proporcionan importantes insumos para establecer criterios proporcionales en la distribución de las cargas de trabajo; (4) Como resultado de las mismas, se produce una retroalimentación e interacción a nivel del ejercicio profesional, donde tanto los defensores supervisados como los defensores encargados de la supervisión, comparten conocimientos y experiencias con el fin de brindar un mejor servicio; y, (5) se valora la posibilidad de adaptar los recursos de que se dispone, a las exigencias que se plantean como parte de la prestación del servicio con el fin de solucionar problemas concretos y lograr el máximo y mejor aprovechamiento de dichos recursos. Desde este punto de vista, las giras de supervisión del personal profesional de la Defensa Pública como una “buena práctica de gestión judicial”, impactan positivamente la política institucional del Poder Judicial de evaluación del desempeño y de rendición de cuentas como un importante instrumento para lograr el mejoramiento constante del servicio público y que solamente se puede entender dirigido a la excelencia. En este sentido, dicha práctica brinda importantes indicadores de evaluación del desempeño que permiten medir con base en criterios objetivos cómo están ejerciendo su función los defensores y defensoras, y de qué manera se brinda este servicio público en las diferentes oficinas del país (verificando el cumplimiento de las normas de control interno, de circulares, así como la definición de riesgos, y cómo es en general, el ambiente de trabajo en esos lugares), todo lo cual, contribuye a proporcionar una serie de insumos que a nivel práctico resultan relevantes para la Dirección y la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia, en el entendido de que los mismos, razonablemente, pueden servir de base para la toma de decisiones fundamentales con el fin optimizar la prestación del servicio y lograr el mayor grado de eficiencia posible.
- 7 Iniciativas y acciones importantes que deberían tomarse para reproducirla.
Compartir la experiencia obtenida como producto de la realización de las giras de supervisión del personal profesional de la Defensa Pública, analizar los resultados que a nivel de su aplicación práctica han incidido o impactado de manera positiva (en aras de mejorar su calidad y excelencia) la prestación del servicio, así como diseñar estrategias (según las propias necesidades de cada despacho judicial en particular) para la confección de instrumentos de evaluación del desempeño, y la obtención de los insumos que se requieran para lograrlo.
- 8 Por qué recomendaría a otras oficinas o juzgados que tomen en cuenta esta buena práctica judicial y la repliquen.
En este sentido, se considera que esta buena práctica de gestión judicial que se propone es acorde con “las políticas institucionales del Poder Judicial” para implementar un “sistema integrado de evaluación del desempeño” como expresión del deber que tiene cualquier funcionario público de “rendir cuentas”, y todo lo cual tiene como objetivo, el propiciar y estimular la excelencia en la prestación del servicio. Precisamente, por tratarse de un servicio público, la evaluación del desempeño debe partir de la satisfacción de ciertos estándares o criterios técnicos que son necesarios para optimizar y mejorar constantemente la prestación del servicio, que es lo que se procura realizar con las giras de supervisión, según se ha indicado, y lo cual resulta plenamente aplicable para todas las instancias del Poder Judicial (Judicatura, órganos auxiliares del sistema de administración de justicia penal, órganos administrativos) con el fin de garantizar el acceso a la justicia de las personas usuarias.
- 9 Mecanismo o instrumento de medición del éxito de la práctica propuesta.
En principio, se considera que se debería utilizar un instrumento de evaluación del desempeño similar al que actualmente tiene la Defensa Pública y que corresponde al “Informe Personal de la gira de Supervisión” sin perjuicio de realizar una adecuación del mismo con las disposiciones que se contienen en el “Reglamento del Sistema Integrado de Evaluación del Desempeño del Poder Judicial”, principalmente, respecto de los “rangos de evaluación” que se establecen en el artículo 12, donde los resultados se determinarán por “niveles de desempeño”, según el mismo sea, “excelente, muy bueno, bueno o deficiente” (Reglamento del Sistema Integrado de Evaluación del Desempeño del Poder Judicial, art. 12).
- 10 Ámbito al que pertenece esta oficina: Jurisdiccional (Derecho privado, Derecho público y Derecho social), Administrativo o Auxiliar de Justicia).
Ámbito auxiliar del sistema de administración de justicia penal.
- 11 Fecha desde la cual se ejecuta la buena práctica, sin perjuicio que sea nueva.
Las giras del personal profesional de la Defensa Pública, se realizan en la forma en que esto ha sido referido (esto es, según las etapas que han sido previamente definidas: planificación, ejecución, retroalimentación y sistematización de la información) desde el año 2014 y hasta el día de hoy, por lo que evidentemente, esta “buena práctica de gestión judicial” presenta un carácter novedoso, lo cual se determina a partir del “rediseño” implementado recientemente y que consiste en la sistematización de la información y la evaluación de los resultados obtenidos como “indicadores de desempeño.” Desde este punto de vista, lo que se pretende es que, a partir del año 2017 dichas giras de supervisión se hagan anualmente, según el organigrama establecido y en todas las oficinas del país, precisamente para poder disponer de mayores y mejores elementos de juicio para evaluar el desempeño de los funcionarias y funcionarias. A este respecto, es importante aclarar, que esta supervisión se realiza (desde este año 2017) a todos los defensores y defensoras del país con independencia del tiempo de servicio que tengan, y todo lo cual, presupone como consecuencia de ello, el que se dé un proceso de seguimiento continuo, con miras a mejorar constantemente, la prestación del servicio público, según un criterio de eficiencia, calidad y excelencia profesional.
- 12 Anuencia y disposición de que la buena práctica pueda ser compartida con otras instancias nacionales e internacionales.
La Defensa Pública se encuentra en la mejor disposición para que esta “buena práctica de gestión judicial,” pueda ser compartida con otras instancias nacionales e internacionales, a partir de la experiencia que a nivel de su ejecución, estas giras de supervisión del personal profesional han permitido adquirir, así como los resultados obtenidos como producto de las mismas, y los insumos que se han generado con el fin de optimizar y mejorar la prestación del servicio público.
Los plazos considerados para este concurso, serán impostergables y su no cumplimiento descalifica a la oficina participante.
Las prácticas propuestas pueden ser inscritas por medio del correo electrónico Banco de Buenas Prácticas (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.) o pueden dirigirse al fax: 2295-4383.
La fecha límite de inscripción del 3° de abril al 30 de junio de 2017
“El Reconocimiento “A la Excelencia Judicial o Buenas Prácticas de Gestión Judicial” se otorgará a aquel grupo de trabajadores de una determinada oficina o Despacho, o Circuito Judicial, que se haya destacado por su honradez, mística, transparencia, excelencia y dedicación al trabajo y que con su actitud grupal hubiese enaltecido al Poder Judicial".[1]
[1] “Reglamento de reconocimientos otorgados por el Poder Judicial”, Artículo 32, publicado en el Boletín Judicial Nº 179 del 5 de setiembre del 2006