Formulario de Inscripción

 

 

Las oficinas y despachos judiciales interesadas en participar en el concurso Banco de Buenas Prácticas en las Oficinas del Poder Judicial 2011, pueden presentar las buenas prácticas que consideren oportunas.

 

Para cada una de las propuestas, se deberá indicar lo siguiente:

 

 

  1. Nombre de la buena práctica

 

La Oralidad como medio para lograr La Justicia Restaurativa.

 

 

  1. Nombre y lugar de la oficina y ubicación geográfica.

 

Fiscalía Adjunta Penal Juvenil sedes Limón y Alajuela

 

 

  1. Nombre de los servidores que ejecutan o diseñaron la buena práctica propuesta.

 

Fiscal Auxiliar Penal Juvenil de Limón con apoyo de la Defensora Pública Penal Juvenil de Limón.

 

Fiscal Auxiliar Penal Juvenil de Alajuela.

 

  1. Proceso que se quiere mejorar y problema que se pretende solucionar.

 

Esta practica permite tener una resolución de los casos con una mayor celeridad y brindando una justicia pronta y cumplida tanto a las víctimas como a la persona menor de edad en conflicto con la ley, a quien se le respetan todos sus derechos y resuelve su situación jurídica en cumplimiento de los fines de la justicia penal juvenil. Evitando con ello el desinterés de las personas ofendidas en continuar con los procesos por el tiempo transcurrido, así como eventualmente una declaración mucho más reciente sin que los testigos olviden circunstancias importantes sobre los hechos, lo que permite una averiguación real de lo sucedido.

 

 

  1. Explicación detallada de la buena práctica propuesta

 

Al presentarse una persona menor de edad aprehendida ante la fiscalía adjunta penal juvenil, se califican sus acciones, se recaban las pruebas necesarias (denuncias, entrevistas testigos, inspecciones oculares, reconocimientos físicos, entre otros), se realiza la identificación del encartado y de proceder se acusa la sumaria, pasando el caso al Juzgado

 

 

Penal Juvenil, poniendo a su orden a la persona menor de edad imputada, solicitando la audiencia correspondiente, a saber para solicitud de medida cautelar, solicitud de salida alterna, o bien procedimiento abreviado. Todo lo anterior en un plazo máximo de 24 horas.

 

Al permitir la oralidad un acercamiento a las partes, se logra con ello una participación activa de los intervinientes, lo cual da la oportunidad de que mediante el espacio de comunicación que tienen los mismos, éstos logren llegar a una solución oportuna de su conflicto, en la cual determinan la forma de restaurar el daño causado.

 

La experiencia vivida en el círculo de paz realizado en la ciudad de Alajuela, se logró mediante la justicia restaurativa llegar a un acuerdo conciliatorio en que las partes decidieron la manera legal y oportuna de que su relación mejorara y con una visión a futuro comprometiéndose el joven imputado a respetar los bienes de la ofendida, quien es su madre. Para lograr que las partes en este círculo lograran mediante la justicia restaurativa resolver su conflicto, fue necesario seleccionar el caso, preparar a los involucrados por un lado la defensa preparó a la persona menor acusada y los ofendidos fueron informados de la dinámica, una vez que se contó con la aceptación de los intervinientes, se establecieron los objetivos que se pretendían alcanzar, se determinó los aspectos de logística, pieza del dialogo, las ceremonias de apertura y de cierre del círculo de paz. Determinándose el lugar y hora, nos reunimos las partes y ejecutamos las dinámicas que se escogieron, y existiendo una participación activa de los interesados, se logró establecer una serie de valores que iban a regir desde ese momento, asimismo hubo un momento de reflexión en el cual se logró llegar a los acuerdos, lo que logró que las partes se dieran por satisfechas de la manera en que su conflicto fue resuelto. Establecidos los acuerdos tomados por las partes, el Juez Penal Juvenil homologó el acuerdo.

 

De igual forma en Limón se desarrollo un círculo de paz, de donde se tiene la siguiente experiencia: Primero que todo el éxito del círculo, es gracias a la preparación y organización, tanto la fiscalía como la defensa trabajaron en equipo. Una de las cosas que requiere mayor preparación es la elección del caso a desarrollar, o correcta elección del expediente penal, ya que detrás de esa elección existen muchas variables a considerar; siendo que se escogió un caso de una contravención de una persona menor de edad hacia sus vecinos de al lado; por lo que superada esta fase, resta la aceptación de las partes a

 

 

participar, es así como la defensora conversó con el imputado y su madre, mientras la fiscal lo hizo con la parte ofendida, por ser un acto voluntario, por lo novedoso de la propuesta, al principio fue difícil que las partes intervinientes comprendiera sobre la dinámica de los círculos de paz, ya que lo común que se espera detrás de toda denuncia es un ganador y un perdedor, al final las partes no pueden creer que lo que se busca es todo lo contrario, y que este nuevo modelo de “Justicia Restaurativa”, permite que las parte puedan en buenos términos darle fin a un conflicto ó la búsqueda de la mejor manera de reparar el daño causado y lo más importante o tal vez, lo que hace la diferencia de cualquier forma de resolver conflictos, es que son las mismas partes las que se encargan de buscar una solución al problema, como se logró en este caso, donde de una forma espontánea el imputado se comprometió a no perturbar más a la parte ofendida e incluso la parte ofendida hizo compromisos extrajudiciales, que cumplió, en aras de mantener una convivencia pacifica con sus vecinos. Tal vez en eso radica parte de la magia que encierran los círculos de paz, porque en el caso concreto, después de pasar estos vecinos, días o meses y hasta años con una problemática, a la cual nunca habían encontrado una respuesta, pudieron entre ellos mismos darle fin a todo el conflicto que vivían.

 

 

Se anexan las presentaciones, las fotos del desarrollo de la buena práctica.

 

 

  1. Mecanismo o indicadores de medición del éxito de la práctica propuesta.

 

Los controles e informes estadísticos mensuales de la Fiscalía Adjunta Penal Juvenil de San José.

 

 

  1. Ámbito al que pertenece esta oficina: Jurisdiccional (Jurisdiccional, Auxiliar de Justicia, Administrativo).

 

Jurisdiccional.

 

 

  1. Fecha desde la cual se ejecuta la buena práctica, sin perjuicio que sea nueva.

 

Desde enero del 2010

 

 

La aplicación de estas prácticas no debe implicar un aumento en algún renglón del presupuesto institucional. Los plazos considerados para este concurso, serán impostergables y su no cumplimiento descalifica a la oficina participante.

 

Las prácticas propuestas pueden ser inscritas por medio del correo electrónico Banco de Buenas Prácticas”(Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.)  o pueden dirigirse al fax: 2295-4383.

 

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