Formulario de Inscripción

 

Las oficinas y despachos judiciales interesadas en participar en el concurso Banco de Buenas Prácticas en las Oficinas del Poder Judicial 2015, pueden presentar las buenas prácticas que consideren oportunas.

 

Para cada una de las propuestas, se deberá tomar en cuenta lo siguiente:

 

Las buenas prácticas propuestas no deben formar parte de las labores propias del cargo, ni que sean directrices o programas institucionales de aplicación obligatoria para el despacho u oficina que las propone.

 

La aplicación de estas prácticas no debe implicar un aumento significativo en algún renglón del presupuesto institucional.

 

 

  1. Nombre de la buena práctica.

“Libro de Registro y Cadena de Custodia de Evidencias”

 

  1. Nombre, número de teléfono, lugar de la oficina y ubicación geográfica.

 

Unidad Administrativa del Ministerio Público. Teléfono: 2280-21-47, 2280-2148, 228021-50. Dirección: San José, del restaurante KFC de Barrio la California 450 al Sur, casa a mano derecha, con muro de piedra de laja y portones negros.

 

  1. Nombre de los/as servidores/as responsables que ejecutan o diseñaron la buena práctica propuesta.

Licenciado Oscar Smith González y Luis Brenes Salas.

 

  1. Proceso que se quiere mejorar y problema que se pretende solucionar.

 

El proceso que se quiere mejorar es el control del ingreso, egreso y manipulación de las evidencias en las oficinas del Ministerio Público, ya que en la actualidad se carece de un libro de control de evidencia, que reúna todos y cada uno de requisitos descritos en las diferentes circulares, directrices y compendio de normas, emanados tanto por el Consejo Superior, la Auditoría, la Fiscalía General, entre otros.  En este momento en las diferentes fiscalías del país, se han venido utilizando diferentes tipos de libros y hojas, tales como libros de actas, el libro F.421 del Organismo de Investigación Judicial o la impresión de la hoja de control interno de evidencias del sistema de gestión, para llevar y cumplir con el control de las evidencias, mismos que en muchos casos carecen de los datos necesarios y de carácter obligatorio que deben tener los mismos, causando muchos problemas en el control de los ingresos, egresos y manipulación interna de las evidencias, de igual manera ha creado duplicidad de trabajo de los técnicos judiciales y una limitante para que las jefaturas puedan tener la debida vigilancia sobre los encargados de evidencia y la misma.

 

 

  1. Explicación detallada de la buena práctica propuesta.

La buena práctica consiste en la creación de un Libro de Registro y Cadena de Custodia de Evidencias, el cual contenga todos y cada uno de los requisitos señalados en las Directrices, Circulares y compendio de normas de los entes superiores del Poder Judicial, relacionados con el tema de las evidencias.  

 

  1. Impacto observado en la solución del problema.
  1. Estandarización de un único libro de Evidencias en las Oficinas del Ministerio Público.
  2. Mejor control sobre el ingreso, ubicación, manipulación, egreso y destino de las evidencias.
  3. Mayor agilidad a la hora de ubicar la evidencia en las bodegas.
  4. Facilidad a la hora de realizar los inventarios de bodega.
  5. Herramienta sencilla y eficaz para que la jefatura pueda tener un mejor control sobre la evidencia.
  6. Insumos reales y actualizados para la realización de informes.

 

  1. Iniciativas y acciones importantes que deberían tomarse para reproducirla.
  1. Aceptación y legalización del libro por parte de las instancias correspondientes del Poder Judicial.
  2. Dar a conocer a los diferentes despachos la existencia del nuevo libro de control.
  3. Distribución del libro a todas las fiscalías del país.
  4. Capacitación del personal responsable de cada oficina, sobre su uso, aplicación y las diferentes circulares y normas que lo rigen.
  5. Realizar reuniones con las jefaturas con el fin de refrescar los puntos de control que indican las circulares o directrices que se tienen que tener sobre los libros de evidencia.

 

  1. Por qué recomendaría a otras oficinas o juzgados que tomen en cuenta esta buena práctica judicial y la repliquen.

 

Por que en el Poder Judicial actualmente se carece de un “Libro de Evidencias” que contenga todos los requerimientos solicitados por los entes judiciales a través de las circulares, directrices y normas y es necesaria la estandarización de este control a nivel de todo el Poder Judicial.

 

  1. Mecanismo o instrumento de medición del éxito de la práctica propuesta.
  1. Revisión mensual del Libro, por parte de las jefaturas.
  2. Realización de los inventarios de bodega.
  3. Visitas regulares del personal del Área de Bienes Decomisados de la Unidad Administrativa del Ministerio Público, con el fin de revisar la utilización correcta del libro.

 

  1. Ámbito al que pertenece esta oficina: Jurisdiccional (Derecho privado, Derecho público y Derecho social), Administrativo o Auxiliar de Justicia.

               Auxiliar de Justicia

 

  1. Fecha desde la cual se ejecuta la buena práctica, sin perjuicio que sea nueva.

Octubre del año 2014

 

Los plazos considerados para este concurso, serán impostergables y su no cumplimiento descalifica a la oficina participante.

 

Las prácticas propuestas pueden ser inscritas por medio del correo electrónico Banco de Buenas Prácticas (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.) o pueden dirigirse al fax: 2295-4383.

 

 

Fecha límite de inscripción: del 1° de abril al 30 de junio de 2015

“El Reconocimiento “A la Excelencia Judicial o Buenas Prácticas de Gestión Judicial” se otorgará a aquel grupo de trabajadores de una determinada oficina o Despacho, o Circuito Judicial, que se haya destacado por su honradez, mística, transparencia, excelencia y dedicación al trabajo y que con su actitud grupal hubiese enaltecido al Poder Judicial".1

 

 

1 “Reglamento de reconocimientos otorgados por el Poder Judicial”, Artículo 32, publicado en el Boletín Judicial Nº 179 del 5 de setiembre del 2006.

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