San José, 10 de setiembre de 2012 N° 8576-12

Al contestar refiérase a este # de oficio

 

Señora

MBA. Marta Asch Corrales, Jefa Departamento de Planificación

 

Estimada señora:

 

Para su estimable conocimiento y fines consiguientes, le transcribo el acuerdo tomado por el Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión N° 76-12 celebrada el 23 de agosto del año en curso, que literalmente dice:

 

ARTÍCULO LXI

 

DOCUMENTO Nº 8671-12

 

En correo electrónico de 14 de agosto en curso, la licenciada Karol Vanessa Delgado Rivera, Jueza del Tribunal del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, sede Golfito, remite a este Consejo el Protocolo de la Agenda Electrónica de ese Tribunal, que a continuación se transcribe:

 

“CIRCULAR INTERNA TRIBUNAL PENAL DE GOLFITO PROTOCOLO AGENDA ELECTRONICA

 

Estimados compañeros, debido a los problemas que se han presentado con respecto al uso indebido de la Agenda Electrónica, por parte de este despacho, y continuaciones que se señalan afectando al usuario de otras sedes como Osa y Corredores, se procede a establecer un protocolo interno a efectos de cumplirse en aras de un mejor servicio al usuario externo e interno.

 

  • Quien agenda manualmente los debates unipersonales, colegiados y cualquier otra diligencia oral corresponde a la jueza Delgado Rivera, o en su defecto el Juez de Trámite mismo que se ubica en Corredores Isacc

 

  • Una vez estando el legajo en manos del técnico judicial, previo a realizar el señalamiento en el expediente, tiene que incluir el señalamiento en la agenda electrónica. Una vez aprobado el mismo, se procederá a realizar el señalamiento mediante resolución a efectos de notificarse a las

 

 

 

  • Si la agenda electrónica rechaza el señalamiento por choque, deberá el técnico judicial, devolver el legajo a la jueza Delgado Rivera o Juez de Trámite, a efectos de agendarlo en otra

 

  • Todos los señalamientos que la agenda electrónica devuelva por choques, no pueden mantenerse en la bandeja de choques de dicha agenda. Marcela envía una lista de expedientes con choques, si dichos expedientes ya han sido asignados con nuevo señalamiento, se le deberá de informar a ella, para que proceda a eliminados de la bandeja de

 

  • Todos los señalamientos, sin excepción tienen que agendarse en la agenda electrónica. Sólo los señalamientos que se encuentren en la agenda electrónica, la Administración les asignará

 

  • Los técnicos judiciales y el juez (a) decisor, deberán de verificar, el señalamiento de una audiencia de continuación, en la agenda electrónica, para que se apruebe el señalamiento. En las salas 1 y 2, se cuenta con intranet para tener acceso al común, para lo cual, se tiene acceso a la agenda electrónica y se tiene que corroborar la fecha que los jueces o el juez pretende señalar la continuación, para incluirla en el momento y solicitar la asignación de sala, así evitar choques de diligencias y salas. Dicha disposición corre para los jueces que únicamente conocen en el Tribunal de Golfito. El juez (a) de otra sede, que se encuentre conociendo en Golfito, para señalar una continuación deberá también verificar las agendas de Osa y Corredores, a efectos de no afectar los señalamientos que se encuentren debidamente

 

  • El técnico Judicial junto con el juez (a) decisor que requiera revocar un juicio en Golfito, para señalar su continuación, deberá de valorar que el juicio señalado pretende revocar, no se haya revocado varias veces, el delito y el año, es decir, únicamente se revocaran juicios si fuera el caso, de años muy recientes, tratar que el delito no sea sexual, ni un caso de adulto mayor, como que también, no nos encontremos ante un caso que se haya revocado varias veces. Si el juicio que se pretende revocar corresponde a otra sede, se deberá de coordinar con la coordinación de dicha sede, en Osa la jueza Carmen Rodríguez y en Corredores con el juez de trámite Isacc

 

  • Semanalmente se le tiene que hacer llegar a Marcela, la lista de juicios convocados para la siguiente semana, a efectos que la Administración proceda asignar

 

  • La Administración, no asignará ninguna sala a la diligencia judicial que no se encuentre registrada en la agenda electrónica, para lo cual, el señalamiento que no se pueda realizar porque no existe sala asignada debido a que el técnico judicial y

 

 

el juez (a) decisor no verificó agendas de otras sedes, provocando una mayor afectación al usuario; ni señaló en la agenda electrónica, será comunicado al Consejo Superior.

 

  • Este protocolo se encuentra amparado a directrices del Consejo Superior, sobre el manejo de la agenda electrónica y señalamientos de continuación de debates, donde toda diligencia tiene que encontrarse agendada electrónicamente, para evitar futuros choques de diligencias y choques de salas, teniendo conocimiento que en este Circuito existen cuatro salas donde únicamente dos de ellas se encuentran habilitadas para realizar juicios orales y públicos, mismas que son sala 1 y sala 2. Las otras salas, las tienen como salas de conciliación 1 y 2, únicamente equipadas con audio. De igual forma recordar que para señalar una continuación, debemos de procurar no afectar las agendas de las otras sedes, siendo que somos administradores de justicia de tres sedes incluida San

 

  • El técnico (a) judicial que se encuentre realizando juicio con otro juzgador

(a) de otra sede de este II Circuito Judicial, se encuentra en la obligación de poner al tanto al juzgador (a) del protocolo para señalar una continuación de debate, mismo que se tiene que ajustar a las directrices, por ser las mismas amparadas con pronunciamientos del Consejo Superior.

 

Este protocolo basado en directrices del Consejo Superior, es de acatamiento obligatorio, para este despacho y los juzgadores y juzgadoras que se realicen diligencias judiciales en esta sede, se encuentran en la obligación de respetarlo, ello en aras de trabajar organizadamente, tratando se darle la mejor atención al usuario, recondando que para los usuarios siempre su caso va hacer el más importante.

 

(…).”

 

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Se acordó: 1) Tomar nota de la comunicación de la licenciada Karol Vanessa Delgado Rivera y hacerla de conocimiento del Consejo de Administración del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, sede Golfito. 2) Comunicar este acuerdo al Departamento de Planificación, Unidad de Control Interno y Proyecto de Buenas Prácticas, a efecto de que analicen si el “Protocolo de Agenda Electrónica” pueden ser considerado en otros circuitos judiciales, como una buena práctica.”

 

De usted atentamente,

 

 

Catalina Conejo Valverde Prosecretaria General

 

 

 

 

 

c:         Tribunal del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, sede Golfito

Consejo de Administración del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, sede Golfito Unidad de Control Interno

Dirección Tecnología de la Información

Proyecto Banco de Buenas Prácticas de Gestión Judicial

Licda. Karol Vanessa Delgado Rivera, Jueza del Tribunal del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, sede Golfito

Diligencias / Ref: (8671-12)

 

@mu

 

 

 

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