Formulario de Inscripción

 

 

 

Las oficinas interesadas en participar en el concurso Buenas Prácticas-2009 pueden presentar las buenas prácticas que consideren oportunas.

 

Para cada una de las propuestas, se deberá indicar lo siguiente:

 

 

  1. Nombre y lugar de la oficina.

 

JUZGADO PENAL JUVENIL Y FAMILIA I CIRCUITO JUDICIAL DE ZONA ATLANTICA. LIMON

 

  1. Nombre de la buena práctica y por qué considera que es aplicable.

 

NOMBRE DE LA BUENA PRÁCTICA: REALIZACION EFECTIVA DE LAS AUDIENCIAS (formas de evitar la suspensión)

Considero que es aplicable porque a pesar de las viscicitudes que ocurren en la oficina (incapacidades, citas médicas, cierres de vías, etc.), no se han cambiado las audiencias señaladas y las partes han sido debidamente atendidas conforme en derecho corresponde.

 

  1. Nombre de los servidores que ejecutan la buena práctica.

 

En la oficina indicada, todos hemos ejecutado la buena práctica, pues desde las Juezas que estamos anuentes y tenemos la prioridad de no cambiar ninguna audiencia e incluso sobrecargar el día con la realización de todos los señalamientos, a pesar de que alguna de nosotras falte por caso fortuito o fuerza mayor, hasta el personal de apoyo (auxiliares judiciales y auxiliar se servicios generales) que explican de forma amable al usuario que a pesar de que su audiencia puede retrasarse un poco, con gusto será atendido el día señalado y que se ha presentado al Despacho.

 

  1. ¿Por qué es una buena práctica? Haga una descripción detallada de la misma. Es una buena práctica porque se evita un gasto innecesario de las partes, quienes muchas veces han realizado hasta un sacrificio económico para trasladarse al Despacho con sus testigos y abogados (cuando el proceso así lo establece), se evita la revictimización en los casos donde incluso ha mediado algún tipo de violencia, se da seguridad a todos los involucrados del proceso de que efectivamente la audiencia señalada se va a realizar el día asignado por el Despacho. Aunado a lo anterior, con la realización efectiva de las audiencias, se han logrado muchas conciliaciones (cuando el proceso así lo permite) e incluso se ha evitado que el proceso se retrase ya que no hay que volver a señalar pues se continúa conforme a la etapa procesal pertinente.

 

  1. Factores externos que pueden afectar la buena práctica.

 

Considero que un factor externo que puede afectar la buena práctica sería el estar cambiando de personal, sobre todo en la jefatura, ya que los jueces nombrados de forma interina pueden negarse a realizar todas las audiencias cuando él considere que no es su culpa que el otro compañero (juez o jueza) haya faltado, y por ello ordene al personal de apoyo a cambiar los señalamientos sin importar talvez que ya el usuario se encuentra en el Despacho con sus testigos y abogado.

 

  1. Factores de éxito que inciden en la buena práctica.

 

La buena disposición de los jueces de realizar todas las audiencias es un factor de éxito irrefutable, porque se evita el conflicto entre ellos y crea un buen ambiente laboral incluso para el personal de apoyo quienes al verse rodeados de este ambiente, atienden de mejor forma al usuario e incluso sabe que su trabajo no se recargará con nuevas resoluciones que cambien audiencias.

 

  1. Impacto observado en la solución del problema. Ya ha sido explicado anteriormente.

 

  1. Iniciativas y acciones importantes que deberían tomarse para reproducirla.

 

El juez o jueza debe entender que la buena atención al usuario es su prioridad, por ello debe tener la mejor disposición de atender a todas las partes que se presenten a cada una de las audiencias de forma amable y rápida, esto a pesar del cansancio que implica el realizar todos los señalamientos programados en las agendas (en este caso somos dos juezas, por tanto hay dos agendas) , y el personal de apoyo debe estar atento al momento en que se presenten las partes y comunicarlo inmediatamente al juez o jueza .

      9.  Por qué recomendaría a otras oficinas o juzgados que tomen en cuenta esta buena práctica judicial y la repliquen.

 

La recomiendo porque efectivamente brinda buenos resultados, el usuario se muestra satisfecho con el hecho de que efectivamente se le atendió en la audiencia, e incluso es comprensivo en caso de que, por el recargo para el juez que se encuentra en el Despacho, se retrase un poco dicha diligencia. No permite que el proceso se retrase, no hay recargo en el trabajo del personal de apoyo, y al haber buena voluntad por parte de los jueces y personal de apoyo, se crea un buen ambiente laboral en la oficina.

 

  1. Mecanismo o instrumento de medición del éxito de la práctica propuesta. Considero que la mejor forma de medir el éxito de esta práctica es el hecho de que los procesos no se retrasan innecesariamente (desde que se practica la misma), tanto en el Juzgado como para las partes.

 

  1. Ámbito al que pertenece: Jurisdiccional (Derecho privado, Derecho público y Derecho social), Administrativo o Auxiliar de Justicia).

Jurisdiccional, en este Juzgado se analizan materias de gran sensibilidad social como lo son la materia de Familia y Penal Juvenil.

 

  1. Fecha desde la cual se ejecuta la buena práctica, sin perjuicio que sea nueva,  siempre y cuando se esté aplicando.

 

Prácticamente desde el 05/01/2009 y hasta la fecha.

 

 

La aplicación de estas prácticas no debe implicar un aumento en algún renglón del presupuesto institucional. Los plazos considerados para este concurso, serán impostergables y su no cumplimiento descalifica a la oficina participante.

 

Las prácticas propuestas pueden ser inscritas por medio del correo electrónico Banco de Buenas Prácticas” (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.)   o pueden dirigirse al fax: 2295-43-83.

 

 

La fecha límite de inscripción es el 30 de junio de 2009

 

 

 

“El Reconocimiento “A la Excelencia Judicial o Buenas Prácticas de Gestión Judicial” se otorgará a aquel grupo de trabajadores de una determinada oficina o Despacho, o Circuito Judicial, que se haya destacado por su honradez, mística, transparencia, excelencia y dedicación al trabajo y que con su actitud grupal hubiese enaltecido al Poder Judicial".1[1]

 

1[1] “Reglamento de reconocimientos otorgados por el Poder Judicial”, Artículo 32, publicado en el Boletín Judicial Nº 179 del 5 de setiembre del 2006

 

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Barrio González Lahman,San José,Costa Rica
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